Novia firmando el acta de matrimonio en el juzgado con el novio al lado, simbolizando la formalización legal del enlace.

Qué hay que hacer para casarse por el juzgado

Casarse por el juzgado es una opción que eligen cada vez más parejas porque una ceremonia civil puede ser tan bonita y especial como deseen los novios, si lo que les apetece es compartir su gran día en compañía de amigos y familia. También es una buena alternativa para quienes buscan un enlace más discreto, una forma de legalizar y formalizar su amor sin necesidad de pasar por todo lo que implica la organización de una boda al estilo tradicional, aunque eso no esté reñido con la clásica entrega del anillo de pedida.

Si has pensado que una boda civil es la mejor alternativa para ti, presta atención a los trámites que debes realizar.

Índice

Cómo casarse por el juzgado

Una de las cosas buenas que tiene casarte por el juzgado es que vas a poder celebrar tu boda mucho antes que si escoges otra opción, como casarte por la Iglesia o hacerlo en el Ayuntamiento de tu municipio. La lista de espera para contraer matrimonio en el juzgado no es tan larga como en los otros casos.

Para que tu boda se pueda celebrar, es necesario que el encargado del Registro Civil instruya previamente un expediente matrimonial. Por eso, tienes que presentar algunos documentos y hacer una serie de trámites antes de la boda.

Me quiero casar por el juzgado, ¿qué tengo que hacer?

Si todavía estás dudando si en tu caso es mejor casarse o ser pareja de hecho, puedes resolver las dudas en este artículo. Pero si tienes claro que lo tuyo es el matrimonio, entonces tienes que ponerte manos a la obra con los trámites.

Como ya es habitual cuando se trata de hacer gestiones administrativas, tienes que preparar una serie de documentación que vas a presentar en juzgado para que instruya el expediente matrimonial.

El objetivo de este expediente es determinar si os podéis casar o si existe algún impedimento para ello. Por tanto, es importante que presentéis todos los documentos que os van a pedir. A través de ellos, el encargado del Registro Civil se va a asegurar de que ambos cumplís los requisitos para contraer matrimonio.

La elaboración del expediente puede llevar varias semanas, y hasta que no esté listo no es posible pedir cita para casarse por el juzgado. Como tiene una validez legal de un año, lo mejor es que iniciéis los trámites con suficiente antelación y os aseguréis así de poder casaros en la fecha que queréis.

Papeles para casarse por el juzgado

Para que se pueda instruir el procedimiento, os van a pedir una serie de documentos de cada uno de los novios:

El primero es el DNI y una fotocopia de estos documentos. Asegúrate de que las identificaciones que presentas están en vigor. Si están caducadas no podrás hacer nada hasta que hayas procedido a su renovación.

En el caso de ciudadanos extranjeros, la documentación a presentar se compone de original y fotocopia entera del pasaporte, y del permiso de residencia (en algunos casos). En determinadas circunstancias puede hacer falta algún tipo de certificado emitido por la embajada o consulado, por lo que conviene consultar con ella.

El segundo documento que tienes que presentar es el certificado literal de nacimiento. Lo puedes pedir de forma gratuita y online a través de la Sede Electrónica del Registro Civil. Al hacerlo, especifica que es un certificado para contraer matrimonio.

Además, hay que presentar un certificado de empadronamiento para acreditar que el juzgado ante el que se va a contraer matrimonio es el competente por razón del territorio.

Otro documento que te piden es un certificado de Fe de Vida y Estado. Se trata de un documento que acredita tu estado civil, pero no te preocupes demasiado por él, porque te lo elaboran directamente en el Registro. 

Si tenéis hijos en común nacidos antes del 30 de abril de 2021, hay que presentar el Libro de Familia. Si los niños han nacido después de esa fecha, esto no es necesario, porque el Libro de Familia ya no existe en formato físico. 

En caso de que alguno de vosotros (o ambos) estéis divorciados o seáis viudos, tenéis que presentar la documentación que acredita esta situación. Si estáis divorciados, basta con presentar la sentencia de divorcio o un certificado literal del matrimonio anterior en el que conste la inscripción marginal del divorcio. En caso de viudedad, lo que se presenta es un certificado de fallecimiento del anterior cónyuge.

Elaboración y finalización del expediente

La presentación de la documentación da comienzo a la tramitación del expediente matrimonial, que se complementará con una entrevista a un testigo aportado por los novios, que dé fe de que ambos contraen matrimonio con total libertad.

Finalizado el expediente, podéis elegir fecha para la boda. Para ese día necesitaréis contar con un mínimo de dos testigos para dar fe del acto del matrimonio.

Como has comprobado, casarse por el juzgado es sencillo y rápido. Si quieres sellar tu amor lo antes posible, esta puede ser una muy buena opción para ti.